Todas las empresas obligadas a empadronarse deben actualizar la información declarada en dicho empadronamiento, en forma anual o bienal, conforme se determina en el artículo 10 de la Resolución Presidencial  ACUMAR N °. 297/2018, en el período comprendido desde el día 15 de octubre hasta el día 31 de diciembre inclusive, del año correspondiente.

Abrir chat
1
Hola 👋
¿Cómo podemos ayudarte?